Retos y Desafíos de los TPS para los Compatriotas Salvadoreños que residen en los Estados Unidos de Norte América que aplicaron al programa.

A fin de que todos los salvadoreños elegibles cuenten con el tiempo necesario para revalidar su TPS, el INS ha otorgado una extensión automática de 6 meses a los permisos de trabajo (Employment Authorization Documents o EAD’s) hasta el 9 de marzo de 2003. Para evitar confusiones o contratiempos, es importante recordar que los salvadoreños tendrán únicamente dos meses para reinscribirse, del 9 de septiembre de 2002 al 9 de noviembre de 2002, independientemente de la extensión automática de 6 meses para los permisos de trabajo.

-Lucha por emigrantes ampliar TPS

Alrededor de 290 mil salvadoreños que permanecen en Estados Unidos con permiso de residencia temporal (TPS) podrían permanecer otros 18 meses más en dicho territorio si prospera la petición del Gobierno salvadoreño de ampliar el referido programa.
La petición fué oficializada el pasado 24 de marzo/03, cuando el presidente Francisco Flores se reunió con su homólogo George W. Bush El Salvador.
La ampliación del TPS (otorgado a los salvadoreños que ingresaron ilegalmente a Estados Unidos antes del 13 de febrero del año 2001), que es parte del tema de inmigración, y la reconstrucción post terremotos son los dos temas que El Salvador discutió en la reunión bilateral que sostuvo Flores con el mandatario norteamericano.

C. ¿Quién es elegible para aplicar al TPS?.

-Una persona que es nacional de El Salvador (o un extranjero que no tenga nacionalidad pero que haya residido habitualmente y permanentemente en El Salvador) es elegible para los beneficios del TPS.

-Haber estado físicamente presente de manera continua en los Estados Unidos, desde la fecha en que la notificación concediendo el TPS se publica en el Registro Federal;

- Residió continuamente en los Estados Unidos el 13 de febrero o antes de esa fecha y continúa en los Estados Unidos;

-Es admisible como inmigrante (se pueden otorgar perdones (waivers) de inadmisibilidad); y

-Se registró para el TPS dentro del tiempo especificado por el Fiscal General a más tardar 18 meses después de la fecha de publicación en el Registro Federal.

Las personas que hayan sido condenadas en los Estados Unidos ya sea por dos faltas o un delito grave cometidos en este país no son elegibles para el TPS. Igualmente, las

personas impedidas de solicitar asilo por tener antecedentes criminales o relacionados con la seguridad nacional, tampoco son elegibles al TPS.

D. ¿Cuál es el procedimiento para aplicar al TPS?.

Los solicitantes al TPS pueden aplicar durante el período de registro presentando lo siguiente:

-Una Solicitud de Status de Protección Temporal, Formulario I-821, junto con las pruebas de apoyo;

-Una Solicitud de Autorización de Trabajo, Formulario I-765;

-Dos fotografías (1 ½”x 1 ½”); y

-Para cada solicitante de 14 años de edad o mayor, un honorario por la impresión de huellas digitales de $25.

-La solicitud completa debe incluir el honorario por huellas para cada solicitante de 14 años o mayor. Sin embargo, los solicitantes no deben adjuntar una tarjeta de huellas (FD-258, Tarjeta de Solicitante). La solicitud será aceptada sin dicha tarjeta de huellas. Después que el SIN recibe la solicitud se enviará por correo una carta de cita con instrucciones para presentarse a poner las huellas en el correspondiente Centro de Apoyo de Solicitud (ASC, por sus siglas en Inglés) autorizado por el INS.

Honorarios: Un honorario de $50 también debe acompañar al Formulario I-821. Si el aplicante también está solicitando una autorización para trabajar, él o ella debe cancelar un honorario de $100 con el Formulario I-756. Un solicitante que no necesita autorización de empleo no tiene que enviar el honorario de $100 aunque siempre debe entregar el Formulario I-765. Un honorario por la impresión de huellas digitales de $25 también debe ser entregado para cada solicitante de 14 años o mayor. El solicitante puede pedir una dispensa de honorarios de acuerdo con las respectivas regulaciones. La información relacionada con el programa TPS para los nacionales de El Salvador (o extranjeros que no tengan nacionalidad pero que habitualmente han residido en El Salvador).

E. ¿Cuánto tiempo durará la designación del TPS?.

La designación del TPS durará 18 meses. El Fiscal General designó a El Salvador como beneficiario del TPS por un período de 18 meses, el período de tiempo máximo permitido según la ley. Al finalizar esta designación inicial, el Fiscal General puede revisar las condiciones en El Salvador y si las condiciones que originaron tal designación continúan cumpliéndose, los beneficios del TPS podrían ser prorrogados por un período de tiempo adicional.

El TPS es un programa que el Gobierno de los Estados Unidos otorga a las personas que provienen de países que enfrentan catástrofes naturales o sufren conflictos bélicos.

Pero el programa sólo les concede permiso “temporal” para residir y trabajar en los Estados Unidos.

La meta del Gobierno del presidente Flores es conseguir que los salvadoreños que todavía no han logrado legalizar su estadía en Estados Unidos, puedan quedarse de manera permanente.

“El otro esfuerzo es conseguir que el Congreso de los Estados Unidos apruebe una pieza de legislación que se llama ‘CASA’ ”.

Con este instrumento, que cuenta con el apoyo de los senadores Republicanos y Demócratas, accesar a la residencia permanente sería una tarea más fácil. “Ese es otro esfuerzo que da mas aliento, aunque más difícil de lograr, pero es la otra punta de lanza en la búsqueda de estabilidad migratoria para los salvadoreños”, afirmó el Presidente Flores.El ABC del TPS
El TPS permitirá a miles de salvadoreños quienes han entrado a los Estados Unidos antes del 13 de febrero del 2001, trabajar legalmente con protección a la deportación. Los aranceles (pagos) por la aplicación son: $100 por el permiso de trabajo, $25 por el pago de huellas y $50 por la aplicación del TPS (I-821).
La aplicación también requiere:
2 fotos estilo INS, huellas generadas en el INS, evidencia de nacionalidad salvadoreña e identidad, junto con la prueba de su residencia en los Estados Unidos antes del 13 de febrero del 2001. Personas con antecedentes penales o criminales o deportaciones previas deben consultar con un abogado antes de aplicar para el TPS.

 

F. ¿Cuándo se otorga un TPS?.

La Ley Dice:
Se establece un auxilio temporal dado en los EEUU, para nacionales de estados extranjeros cuando:

1) Esta habiendo un conflicto armado en el estado, poniendo en peligro la seguridad personal del nacional de ese país si regresa ahí.

2) Han habido un terremoto, inundación, sequía u otro desastre ambiental resultado en un sustancial pero temporal deterioro de las condiciones de vida en el área afectada; el estado extranjero es incapaz de manejar el regreso de sus nacionales y ha afirmativamente requerido la designación.

3) Existe condiciones extraordinarias y temporales en el estado extranjero que previenen a los extranjeros que son nacionales de regresar a salvo.

Segundo ¿Qué documentos va a necesitar?

No hace falta presentar documentos originales con esta solicitud. Tiene que entregar al INS copias de los documentos que comprueban que usted es ciudadano de un país designado para recibir la Condición Inmigratoria de Protección Provisional, la fecha en que usted ingresó a los Estados Unidos y dónde reside en los Estados Unidos.

-Es posible que el INS requiera que usted presente documentos originales bajo ciertas circunstancias.

-Se debe adjuntar una traducción al inglés de las copias de los documentos escritos en otros idiomas. El traductor debe certificar que se trata de una traducción exacta y que él o ella tiene la competencia necesarias como traductor.

-Excepción: Si usted está presentando esta solicitud para fines de registro o re-registro anual (La Sección 1-2 del Formulario I-821), no tiene que incluir copias de ningún documento. No obstante, es posible que se le pida información o documentos adicionales en algunas circunstancias.

Tercero. ¿Cuáles son los documentos necesarios para comprobar la identidad y nacionalidad?

Cualquiera de los siguientes:

-Pasaporte.

-Acta de nacimiento con una foto de identificación, o

-Cualquier documento nacional de identidad de su país de origen que incluya una foto o sus huellas digitales.

Cuarto. ¿Cuáles son los documentos necesarios para comprobar la fecha de ingreso a los Estados Unidos?

Cualquiera de los siguientes:

-Pasaporte,

-El Formulario I-94, el Registro de Llegada/Salida,

C. Copias de los documentos enumerados en el número 5.


Quinto. ¿Cuáles son los documentos necesarios para comprobar dónde reside en los Estados Unidos?

Cualquiera de los siguientes:

-Expedientes laborales (por ejemplo, talones de cheques, Formulario W-2, certificación de que declaró impuestos, verificación de que declaró los impuestos estatales, cartas de su(s) empleador(es) o, si es contratista independiente, cartas de bancos u otras empresas con los que ha tenido tratos comerciales).

En cuanto a lo anterior, su nombre y el de su empleador u otra entidad interesada debe aparecer en el formulario o la carta, así como las fechas pertinentes. Las cartas de los empleadores deben ser en forma de una declaración jurada, firmada y certificada por el empleador bajo pena de perjurio.

Dichas cartas deben incluir:

-Su(s) dirección(es) en el momento del empleo,


El(los) plazo(s) de tiempo exacto(s) de su empleo,

-Período(s) de cesantía,

 

-Sus deberes en la empresa. Si no están disponibles estos documentos, se aceptará una carta en forma de una declaración jurada que hace constar que los expedientes laborales no están disponibles y explica porqué no están disponibles. El empleador debe firmar y certificar la carta de declaración jurada. B. Recibos de alquiler, cuentas mensuales (gas, luz, teléfono, etc.), recibos o cartas de empresas que indican las fechas en las que usted recibió servicio.

-Expedientes escolares (cartas, registro de calificaciones, etc.) de las escuelas a las que usted o sus hijos han asistido en los Estados Unidos, indicando el nombre de la escuela y el plazo de tiempo en que estuviera(n) matriculado(s).

-Expedientes hospitalarios o médicos que indican cuándo usted o sus hijos recibieron tratamiento médico o fueron internados en un hospital y que incluyan el nombre de la dependencia médica, el nombre del médico y la(s) fecha(s) de su tratamiento u hospitalización.

-Declaraciones de iglesias, sindicatos u otras organizaciones que hagan constar su residencia en una carta en que lo identifican por nombre.

La carta debe ser firmada por un funcionario (mencionando su cargo), incluir las fechas en que usted fue miembro, indicar la dirección donde usted residía cuando fue miembro, tener el sello de la organización impreso en la carta o el membrete, si la organización cuenta con eso, establecer cómo el autor de la carta le conoce a usted y, finalmente, indicar de dónde proviene la información declarada.

-Documentos adicionales pueden incluir: recibos de giros postales enviados dentro o fuera del país, anotaciones en el pasaporte, actos de nacimiento para los niños nacidos en los Estados Unidos, registros bancarios con las fechas de las transacciones, correspondencia entre usted y otra persona u organización, la tarjeta de Seguro Social, la tarjeta de Servicio Seleccionado, recibos para la licencia, título o matrícula del auto, escrituras, hipotecas, contratos en que usted figura como parte interesada, recibos del pago de los impuestos, pólizas de seguro, recibos en general o

-Cualquier otro documento pertinente.

 Octavo. ¿Cómo se prepara el formulario?

 

 

 

-Escriba a máquina o escriba en letra de molde legible con bolígrafo de tinta negra o azul.

-Si requiere más espacio para responder a una pregunta, adjunte otra hoja y e indique el número de la pregunta, fechando y firmando la hoja adicional.

-Responda a todas las preguntas en forma completa y precisa. Si no corresponde una pregunta, escriba N/A

Noveno. ¿Adónde se entrega el formulario?

La oficina del INS que tenga jurisdicción sobre el área donde usted vive aceptará su solicitud si usted la presenta en persona o la envía por correo, o si hace las dos cosas.

Pida las instrucciones sobre la presentación del formulario en su oficina local del INS.

Décimo. ¿Cuánto cuesta la cuota de tramitación?

Los que solicitan la Condición Inmigratoria de Protección Provisional por primera vez deben pagar una cuota de $50.00. No hay que pagarla para el re-registro.

Toda cuota, a menos que lo pague en persona, debe hacerse con un giro postal, nota bancaria certificada o cheque de cajero. NO SE ACEPTARÁN LOS CHEQUES PERSONALES DE NINGUNA FORMA.

Es posible pagar en efectivo si usted presenta la solicitud en persona. NO ENVÍE DINERO EN EFECTIVO.

Todo giro postal, nota bancaria certificada o cheque de cajero debe ser pagadero en moneda estadounidense en cualquier institución financiera de los Estados Unidos.

Si se gira el cheque o giro postal de la cuenta de una persona que no es usted, escriba su nombre en la esquina inferior izquierda del lado de frente del cheque o giro postal.

Si el cheque no es respaldado por el banco, el INS le cobrará $30.00 a usted.

El cheque o giro postal debe ser pagadero al ¿Immigration and Naturalization Service? pero:

-Si usted vive en Guam, hágalo pagadero al ¿Treasurer, UAM? o

-Si usted vive en las Islas Vírgenes de los EE.UU., hágalo pagadero al ¿Commissioner of Finance of the Virgin Islands?

Décimo Primero. Autorización de Empleo y Viajes.

-Se requiere que todo solicitante TPS presente el formulario I-765 sin importar su edad o si desea obtener la autorización de empleo, ya que el Formulario I-765 es el documento para recopilar los datos necesarios para ser admitido al Programa de la Condición Inmigratoria de Protección Provisional.

Es posible que se le cobre la cuota para la presentación del Formulario I-765, según los diferentes requisitos de ley y reglamentarios que correspondan. Por lo general, si usted necesita el documento para la autorización de empleo, debe pagar la cuota.

 

 

 

 

 

 

Sexto. ¿Qué sucede si los documentos no están disponibles?

 

Si usted no tiene estos documentos a su alcance, puede entregar al INS una declaración jurada que presenta comprobantes de que no ha podido obtenerlos, que explica porqué no cuenta con los recursos necesarios del consulado (para conseguir los documentos de identificación) y que afirma que usted es ciudadano de un país que reúne los requisitos para esta categoría.

También se puede usar las declaraciones juradas para ayudar a comprobar la fecha de su ingreso a los Estados Unidos y su estadía en el país.

(Es posible que el INS requiera una declaración en que la entidad emisora del documento confirme que no está disponible).

Séptimo. ¿Qué más debe incluirse con esta solicitud?

Dos fotografías de usted tomadas durante los últimos 30 días anteriores a la fecha de esta solicitud.

Las fotografías deben de tener el fondo blanco, ser brillantes, sin retocar ni enmarcar; el tamaño de la imagen facial deberá ser de cerca de una pulgada de la barbilla a la parte superior del cabello y deberá ser de ¿de frente, mostrando la parte derecha del rostro y la oreja derecha debe estar visible.

Utilizando un lápiz o un bolígrafo de punta de fieltro escriba su nombre (y Número de Registro como Extranjero, si lo tiene) ligeramente en el dorso de cada fotografía.

Si se aprueba su solicitud para la Condición Inmigratoria de Protección Provisional y usted desea viajar fuera de los Estados Unidos y luego regresar al país, debe pedir al director del distrito que tenga jurisdicción sobre el área donde usted reside que le de permiso de antemano para el ingreso condicional al país y debe pagar la cuota prescrita por ley.

Si se le concede el permiso de ingreso condicional al país, se le emitirá un documento de viaje, el Formulario I-512.

Décimo Segundo. ¿Se puede suspender el cobro de las cuotas para presentar los Formularios I-821 e I-765?

Sí. Si no cuenta con los medios para pagar las cuotas de tramitación, 8 C.F.R. 103.7© dispone que usted puede solicitar una suspensión del pago de la cuota.

Para que esto suceda, usted debe presentar con estos formularios una declaración por escrito, hecha bajo juramento, afirmación o 28 U.S.C. 1746, bajo pena de perjurio.

Debe indicar en su declaración por escrito que usted cree que califica para la Condición Inmigratoria de Protección Provisional y que quiere que se le suspenda el pago de la cuota de tramitación. También debe señalar por qué no puede pagarla.

Décimo Tercero. ¿Qué autoridad ostentamos para recopilar esta información?

Pedimos la información en el formulario para hacer valer las leyes de inmigración del Título 8 del Código Civil de Estados Unidos 1154(a).

Se usa la información para determinar si usted califica para los beneficios de la visa inmigratoria. Es posible que la información que usted proporciona sea compartida con otras autoridades y organismos reguladores a nivel federal, estatal y municipal.

Usted no tiene que proporcionar esta información, pero si no lo hace o sólo proporciona una parte de lo que se pide, es posible que se le niega aprobar la solicitud.

Décimo Cuarto. Ley de Reducción de la Tramitación de Documentos.

Una persona no tiene la obligación de responder a una recopilación de información a menos que ésta muestre un número de control vigente del OMB.

El Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) procura crear formularios e instrucciones que son exactos y fáciles de entender.

A menudo esto resulta difícil ya que las leyes de inmigración pueden ser muy complejas.

Se calcula que el completar este formulario le tomará un promedio de una (1) hora treinta (30) minutos, plazo de tiempo que abarca lo siguiente:

-Familiarizarse con el formulario y comprender las instrucciones, 30 minutos,

-Recopilar los documentos necesarios, 15 minutos,

-Completar el formulario, 15 minutos, y

- LLegar a la oficina del que le prepara el formulario y esperar allí, 30 minutos.


¿Cómo se debe solicitar el TPS y que pruebas hay que presentar?

El plazo para presentar la solicitud es desde el 9 de marzo del 2001 hasta el 9 de septiembre del 2002. Es necesario enviar los formularios I-821 y I-765 y dos fotografías (de tipo identificación). El INS cobra 50 dólares por el formulario I-821, más 100 dólares por el formulario I-765 (salvo las personas que ya tienen permiso de trabajo quienes tienen que enviar el I-765 pero no pagarlo). Los solicitantes mayores de 14 años deben también enviar 25 dólares para el proceso de las huellas digitales. Las personas de escasos recursos pueden pedir una excepción de la obligación de enviar estos cobros.

-Pruebas que hay Presentar

Es esencial demostrar que el solicitante es de origen salvadoreño. Debe enviar copia de una partida de nacimiento, cédula de identidad salvadoreña o pasaporte. Para demostrar la presencia física y residencia continua en EEUU desde el 13 de febrero del 2001, se aconseja enviar bastante evidencia de todo el tiempo que la persona ha vivido en EEUU.

Se recomienda enviar, por ejemplo: - Copias de los formularios de impuestos federales (incluyendo W-2.) - Verificación de empleo (incluyendo empleos anteriores.) - Cartas bancarias y estados de cuentas bancarias. - Contrato de alquiler de vivienda. - Recibos de pago de gas, electricidad, teléfono o seguros. - Documentos académicos de los hijos que muestren el nombre y la dirección de los padres. - Documentos de médicos, dentistas, oculistas u hospitales que tengan el nombre y la fecha del tratamiento recibido. - Cartas de los sacerdotes o ministros religiosos, que demuestren el nombre y las fechas de asistencia a la iglesia del solicitante. - Cualquier otro tipo de documento que haga constar su nombre y la fecha en que el solicitante estaba presente en EEUU.

I. ¿Se puede viajar cuando se obtiene el TPS?

No. Para viajar fuera del país y regresar, la persona con un TPS necesita pedirle un permiso al Servicio de Inmigración. Esta autorización para viajar se llama “autorización de regreso bajo palabra” (“parole”). La persona que sale de EEUU sin la autorización del Servicio de Inmigración no podrá reingresar al país legalmente y pierde la protección de TPS. ADVERTENCIA: Si el solicitante ha residido en EEUU sin autorización por más de 180 días antes de haber recibido el TPS, no debe salir del país -aún con la autorización del Servicio de Inmigración. A los que salen del país después de haber estado en EEUU sin permiso por más de 180 días, se les puede aplicar una ley que lo obligaría a quedarse fuera del país por hasta 10 años antes de regresar. Antes de solicitar un permiso para salir del país, debe consultar con un abogado o con una agencia comunitaria especializada en asuntos de inmigración.

J. ¿Se puede solicitar el TPS si uno tiene algún otro caso pendiente con el INS?

Sí. Una persona puede y debe solicitar simultáneamente todos los beneficios para los que es elegible. Por ejemplo, la persona que está solicitando su residencia por petición familiar o por certificación laboral, también debe solicitar el TPS. La residencia toma tiempo en obtenerse (a veces muchos años), y con el TPS uno puede recibir una protección legal temporal junto con un permiso de trabajo mientras espera que su residencia esté disponible bajo las cuotas migratorias.

K. ¿Se necesita un abogado para solicitar el TPS?

No. El proceso del TPS no es complicado. Las agencias comunitarias que especializan en casos de inmigración pueden ayudarlo a completar los formularios y a obtener la documentación necesaria. Todos los salvadoreños elegibles para el TPS deben solicitarlo para aprovechar la oportunidad de vivir y trabajar legalmente en EEUU. Aunque el beneficio dura solamente 18 meses, es posible que el plazo sea extendido hasta que la situación en El Salvador se estabilice. ADVERTENCIA: Debe asegurarse que la agencia comunitaria está autorizada por el Servicio de Inmigración para brindar servicios legales. Nunca debe utilizar a un notario o a un amigo para tramitar cualquier proceso legal. Si tiene alguna duda sobre las credenciales del tramitador, llame a las oficinas de la Asociación de Abogados de Inmigración (AILA) al 1-800-954-0254 para obtener más información.

 

Estadísticas del Estado de Protección Temporal

Aplicaron unas 97 mil familias. Cada núcleo familiar está integrado por tres miembros. Así miden los beneficios obtenidos. De ese total, 30 mil ya lograron convertirse en residentes legales.

El Salvador y Nicaragua son los únicos países que han logrado que el 90 por ciento de sus ciudadanos que han ingresado a Estados Unidos obtengan “alivio migratorio”.

Unos 290 mil salvadoreños están protegidos por el TPS, que el presidente George W. Bush ofreció en marzo de 2001 para los salvadoreños que vivían ilegalmente en el país, debido a los devastadores terremotos que asolaron al país centroamericano.

-Los días 13 de enero y 13 de febrero de 2001, El Salvador fue azotado por 2 terremotos de gran magnitud, que provocaron la muerte de cientos de salvadoreños, afectaron a más de un millón y medio de personas, especialmente en las zonas rurales, que destruyeron más de 150,000 casas, dañaron más de 180,000 viviendas y dejaron pérdidas por arriba de los 1,600 millones de dólares.

-El 16 de enero de 2001, tres días después del primer terremoto de 2001, el Gobierno salvadoreño solicitó formalmente al Gobierno de los Estados Unidos que otorgara un Estado de Protección Temporal (TPS) para los salvadoreños que se encontraban en los Estados Unidos antes de los terremotos.

-Después de realizar las consultas respectivas con el Departamento de Estado y el INS, el Fiscal General y Ministro de Justicia de Estados Unidos, John Ashcroft, designó a El Salvador como país beneficiario del TPS.

-El TPS para los salvadoreños fue anunciado por el Presidente George W. Bush el 2 de marzo de 2001.

-Las solicitudes de salvadoreños que cumplían con los requisitos para recibir los beneficios del TPS se comenzaron a recibir en el antiguo INS desde el 9 de marzo de 2001. Al finalizar el período de inscripción se logró proteger bajo el TPS a más de 280 mil salvadoreños.

-El TPS para los salvadoreños inició el 9 de marzo de 2001 y finalizaba el 9 de septiembre de 2002. El Gobierno de El Salvador gestionó ante los Estados Unidos la extensión del TPS, concedido por la Administración del Presidente George W. Bush.

-El 8 de julio de 2002, el Fiscal General de los Estados Unidos, John Aschroft, anunció oficialmente la extensión del TPS para los salvadoreños elegibles. El TPS se extendió por 12 meses adicionales, del 9 de septiembre de 2002 al 9 de septiembre de 2003 y se otorgaron dos meses para que los salvadoreños elegibles se registraran (9 de septiembre de 2002 al 12 de noviembre de 2002).

-Gracias a una agresiva campaña de diseminación de información en los Estados Unidos y El Salvador, se logró reinscribir en el TPS a más de 280 mil salvadoreños.

-A lo largo de 2003, el Gobierno de El Salvador nuevamente gestionó ante el Gobierno de los Estados Unidos una segunda extensión del TPS.

-El 9 de julio de 2003, el Secretario de Seguridad Interna, Tom Ridge, informó que el Departamento de Seguridad interna (DHS) aprobó una prórroga de 18 meses, la cual extienda la protección a los salvadoreños hasta el 9 de marzo de 2005. El período de reinscripción se inicia el 16 de julio y finaliza el 15 de agosto de 2003.

-El permiso de trabajo de los salvadoreños con TPS es válido hasta el 9 de marzo de 2004; sin embargo, DEBE VOLVER A SOLICITAR UN NUEVO PERMISO DE TRABAJO (el cual será válido hasta el 9 de marzo del 2005). Para comprobar la validez del permiso de trabajo actual y mantener su empleo con los mismos beneficios que tiene hasta hoy con su empleador, puede llamar al teléfono 1-800-357-2099 del BCIS y hablar con uno de los representantes o llamar a la línea telefónica gratuita de la Oficina del Asesor Especial sobre Prácticas Injustas de Empleo a Inmigrantes (Office of Special Counsel-OSC) 1-800-255-8155. El Empleado o solicitante de la extensión del permiso de trabajo puede llamar a la línea telefónica gratuita del OSC-1800-255-7688 para pedir información acerca de la extensión automática del permiso de trabajo.

M. Retos que tienen que enfrentar los salvadoreños para aplicar al TPS

Es necesario hacer mención a una serie de variables que son claves para que los salvadoreños residentes en los Estados Unidos puedan verse beneficiados por este programa, y dentro de los retos que estos compatriotas se han encontrado son :

-La falta de información que les permita informarse de una manera practica y real, ya que por el simple hecho de estar ilegales los reprime muchas veces a poder acercarse a las instituciones publicas por temor a ser deportados.

-El simple hecho de ser personas que en muchos casos no manejan un segundo idioma, que para este caso seria el ingles, y este se ha convertido en una barrera para que muchos compatriotas que viven en los Estados Unidos no logren legalizar su situación de estadía en ese país.

-El aprovechamiento de parte de algunas instituciones privadas que se dedican a la venta de servicios legales, notariales y aspectos jurídicos, ha sido un reto muy difícil, ya que los honorarios que estos cobran en la mayoría de veces son altos y muchas veces son honorarios que se cobran y que no responden a un buen trabajo profesional en el caso que se esta llevando acabo.

-El simple hecho de ser hispano o como se dice en buen salvadoreño, ser latino, dentro de los Estados Unidos les hace sentirse marginados de una serie de servicios que si pueden gozar los nacidos dentro de los Estados Unidos o los que ya tienen una residencia permanente o temporal o una ciudadanía ganada, es decir aca entra aquel aspecto de la marginación de razas o entre razas, que es un fenómeno endémico que existe dentro de los Estados Unidos.

-La mayoría de salvadoreños que viven dentro de los Estados Unidos ya sea con estadía de legalidad o no, sienten poco apoyo por parte del Gobierno salvadoreño, y esto se debe a que las embajadas o consulados que existen no dan suficiente cobertura a todos los estados que conforma el País y esa línea también se da por la falta de un presupuesto adecuado para la embajada y consulados que existen del Gobierno salvadoreño dentro de los Estados Unidos, el hecho de no dar una buena cobertura nacional se convierte en un reto difícil de superar para muchos compatriotas que viven en aquel país.

-Se hace necesario que de parte del Gobierno salvadoreño exista mas apoyo hacia los compatriotas en el exterior en el sentido de generar políticas que estén encaminados a generarles valores agregados que les ayuden a legalizar su status de permanencia dentro del país donde se encuentran y en ese sentido es responsabilidad del Gobierno salvadoreño de crear las condiciones adecuadas para este propósito.

-Finalmente considero que uno de los retos mas grandes para el Gobierno salvadoreño, será el de crear una institución especializada que se encargue de ayudar a todos los salvadoreños residentes en el exterior de cualquier país del mundo, ya que es de señalar que estos compatriotas se han convertido en un recurso humano muy calificado que están enviando remesas familiares que sirven para aliviar las condiciones económicas deficitarias que tienen muchos hogares salvadoreños, citamos el ejemplo del año 2003 en donde ingresaron al país en concepto de remesas familiares 2,105 millones de dólares de Norte América.

N. Desafíos que tienen que enfrentar los salvadoreños para aplicar al TPS

Realmente antes de señalar los desafíos a los que se enfrentan los cerca de tres millones de salvadoreños que residen en el exterior es necesario definir el concepto de desafío, y en este sentido por este vamos a entender los diferentes obstáculos a que se tiene que enfrentar la persona para lograr los objetivos trazados.

De acuerdo a esta definición vamos a señalar algunos desafíos a los que los compatriotas salvadoreños se han visto inmersos dentro de los Estados Unidos para lograr un estado de permanencia sea temporal o permanente.

 

-El hecho de que al trabajar mas gano mas, muchas veces obliga a que las personas que añoran ese sueño americano, se esfuercen en sus primeros años de trabajo a laborar por largas jornadas de trabajo o a desempeñar hasta dos o mas trabajos con la mira puesta de percibir y recibir mas ingresos y poder así tener mejores ingresos para enviar remesas hacia los hogares salvadoreños, todo esto se traduce en que la persona después de una larga jornada de trabajo llega a su casa cansado y se inserta en ese proceso de trabajo que a la larga los desconecta de cualquier información importante sobre su status migratorio, ya que dedica mas tiempo a su trabajo y se desconecta del resto de actividades.
-Otro desafío que también se ven enfrentados los salvadoreños que residen dentro de los Estados Unidos es a la falta de un apoyo de parte del Gobierno salvadoreño, ya que a veces la comunicación no es fluida o no alcanza a llegar a todos los salvadoreños de aquel país y en ese sentido se convierte en un desafío muy grande, ya que hay estados que no cuentan con consulados especializados para dar información y en ese sentido las personas que quieren acercarse a estas oficinas se les dificulta debido a que en sus trabajos no gozan de libertades que les permita faltar a trabajar para arreglar su situación dentro de las oficinas del Gobierno Salvadoreño y la otra limitante es que las distancias a recorrer para llegar a estas oficinas es lejos y eso imposibilita a la persona el poder informarse en la mayoría de veces.

-Finalmente vale la pena señalar que el desafío mas grande que existe dentro del programa del TPS son sus limitantes hacia nuevas personas que puedan introducirse a estos programas, por lo tanto es responsabilidad del Gobierno salvadoreño el buscar alternativas de solución y negociación con el Gobierno de los Estados Unidos para que aquellos salvadoreños que viven o residen dentro de los Estados Unidos puedan entrar en algún programa de permanencia temporal o permanente.







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